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Disminución de Pagos Provisionales (Art.14, último párrafo, inciso b) LISR).

Los contribuyentes que estimen que el coeficiente de utilidad que deben aplicar para determinar los pagos provisionales es superior al coeficiente de utilidad del ejercicio al que correspondan dichos pagos podrán, a partir del segundo semestre del ejercicio, solicitar autorización para aplicar un coeficiente menor.


Cuando con motivo de la autorización resulte que los pagos provisionales se hubieran cubierto en cantidad menor a la que les hubiera correspondido, se cubrirán recargos por la diferencia entre los pagos realizados aplicando el coeficiente menor y los que les hubieran correspondido de no haber aplicado dicho coeficiente, mediante la declaración complementaria respectiva.


Este trámite se presentará conforme a la ficha 29/ISR Solicitud de autorización para aplicar un coeficiente de utilidad menor para determinar los pagos provisionales del ISR, del Anexo 1-A, de la RMISC, publicada en el 18 de febrero de 2022, mismo que podrá presentarse a través del portal del SAT, o en sus oficinas previa cita.


Dentro de los requisitos están los siguientes:

  • Escrito de solicitud.

  • El formato 34 “Solicitud de Autorización para aplicar un coeficiente de utilidad menor para determinar tus pagos provisionales del ISR”.

Papel de trabajo donde se refleje:

  • El procedimiento de cálculo que incluya los conceptos que se consideraron para determinar los pagos provisionales del ISR ya efectuados de enero al mes de junio, en su caso, o hasta el mes inmediato anterior a aquel por el que se solicite la disminución del monto del pago provisional.

  • En su caso, la aplicación de acreditamiento, reducción, exención o estímulo fiscal en los pagos provisionales.

  • El monto de la participación de los trabajadores en las utilidades pagadas en el ejercicio en el cual se solicita la disminución de pagos provisionales, correspondiente a las utilidades generadas.

  • En el caso de pérdidas fiscales pendientes de aplicar se deberá manifestar su procedencia y aplicación.

  • Señalar el ejercicio del cual proviene el coeficiente de utilidad utilizado para la determinación de los pagos provisionales efectuados.

  • Si se solicita la disminución de pagos provisionales de algún mes posterior a julio del ejercicio de que se trate, la información de los datos solicitados en el apartado 6 de la forma 34, deberá corresponder a los importes acumulados al mes inmediato anterior al que se solicita la disminución del pago provisional.

Proceso para realizar el trámite:

  • Ingresa a la sección Trámites y selecciona la opción Buzón Tributario.

  • Captura tu RFC y contraseña o tu e.firma, seguido del inicio de sesión.

  • Llena los datos solicitados por el formulario electrónico, indicando el trámite que deseas realizar.

  • Ingresa archivo(s) comprimidos en (.zip)

  • Envía el trámite al SAT e imprime tu acuse de recibo electrónico.

Esta solicitud se presentará a la autoridad fiscal un mes antes de la fecha en la que se deba efectuar el entero del pago provisional que se solicite disminuir y que cuando sean varios los pagos provisionales a solicitar, esta se presentará un mes antes de la fecha en la que se deba enterar el primero de ellos.



Esta información es sumamente informativa basada en las leyes y reglamentos vigentes y en caso que necesite realizar una declaración, asegúrese de recibir asesoría de un experto antes de realizarlo.

Se prohíbe su copia, distribución parcial o total sin la aprobación de Doowoo Accounting S de RL de CV.


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